Con que rapidez pasan los meses y los años. Nuevamente estamos a las puertas de la Campaña de declaración de la renta de las personas físicas.
Para aquellos que están ansiosos por cumplir con sus obligaciones fiscales, o que saben tienen devolución, les informo que desde hoy pueden solicitar el borrador. Recordaros que este borrador que emite la sede central de hacienda, no contempla las bonificaciones propias de la comunidad por lo que deberiais rectificarlo añadiendolas.
Esto es lo publicado:
Solicitud borrador
3. Desde el 6 de abril de 2016, la Agencia Estatal de Administración Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes la obtención del borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios telemáticos, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, desde el Portal de Servicios Personalizados de Renta, al que se puede acceder a través del portal de la Agencia Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.es) o bien directamente en https://www.agenciatributaria.gob.es.
Los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas también estarán disponibles desde el 6 de abril de 2016 en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la dirección electrónica https://www.agenciatributaria.gob.es, accediendo a través del trámite de «Datos fiscales».
Los contribuyentes, haciendo uso de alguno de los sistemas de acceso establecidos en el artículo 15.4, podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, desde dónde podrán confirmar y presentar el borrador de declaración o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo. En el supuesto de obtención del borrador de declaración por la opción de tributación conjunta deberá hacerse constar también el Número de Identificación Fiscal (NIF) del cónyuge y su número de referencia.
4. En cualquier caso, la falta de obtención o recepción del borrador de declaración o de los datos fiscales no exonerará al contribuyente de su obligación de declarar. En estos supuestos, la declaración deberá presentarse en el plazo, lugar y forma establecidos en la presente orden.
La fecha para solicitar cita previa será en Mayo, pero todavía no se ha informado a partir de que dia.
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Pues nada otra vez a colaborar, ya que los millonarios no lo hacen lo tendremos que hacer nosotros. Un abrazo
ResponderEliminarEs lo correcto. Lo indignante es que unos seamos mas Hacienda que otros.
EliminarNo hay más remedio, a cumplir ...
ResponderEliminarMal que nos pese, si queremos luego exigir.
EliminarSe me acaba de poner mal cuerpo, otra vez con dos declaraciones por delante y lo gordo es que me mandan los datos fiscales pero no el borrador y me toca hacer dos declaraciones para llevarme siempre un susto. Y no es porque cobre mucho, es por lo repartido que voy recibiendo las migajas.
ResponderEliminarMientras recibas muchas migajas. Te aseguro que si me tocase la Primitiva, me iba a hacer la declaración el inspector de hacienda mas severo.
EliminarApreciado Marcos, gracias por la información. De momento, todo colapsado, no hay manera de entrar .......
ResponderEliminarUn saludo grande.-
Yo tambien lo he intentado y me he quedado a mitad.
EliminarEsta me la salto :P jajajaja
ResponderEliminarBesos y que os salga a devolver, que aquí no devuelven na de na.
Voy a ver si me devuelven bastante para un crucero a los Fiordos. Como dicen que bajó el IRPF.
EliminarGracias por el "recordatorio" :-)
ResponderEliminarYa me pongo malita.jeje.
Que coincida la campaña este año con los papeles de Panamá, da hasta rabia.
Pero bueno, nosotros a cumplir. Como siempre!!!!
Un beso.
El pasteleo de los VIP ha sido la guinda del pastel
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